/El Debate sobre el Poder del País Anfitrión, la Política de Ubicación y la Sede de la ONU

El Debate sobre el Poder del País Anfitrión, la Política de Ubicación y la Sede de la ONU

Dr. Günal Kurşun
Doctor en Derecho Penal; miembro de la junta
directiva de la sección turca de Amnistía Internacional

Reubicación fuera de Nueva York, el Caso para Fortalecer Ginebra como la Segunda Sede de facto y la Política de Visas/Acceso

Abstracto

La Sede de las Naciones Unidas en Nueva York no es solo un lugar físico, también es una infraestructura política y jurídica que determina el acceso, la legitimidad y la dinámica cotidiana de la diplomacia. Este artículo analiza si sería viable trasladar la «sede» de la ONU fuera de Nueva York a corto o medio plazo, y expone los principales argumentos a favor y en contra de dicho traslado. Posteriormente, plantea un camino institucional más plausible: reforzar Ginebra (ONUG) como segunda sede de facto para mejorar la resiliencia y reducir la exposición a la influencia del país anfitrión, especialmente en disputas sobre visados y acceso. El debate se basa en el Acuerdo de 1947 sobre la Sede entre la ONU y los EE. UU. y en el episodio de 2025 en el que el presidente palestino Mahmoud Abbas no pudo obtener un visado estadounidense y la Asamblea General autorizó una intervención por videoconferencia.

Palabras clave

Naciones Unidas; sede; país anfitrión; Acuerdo sobre la Sede; Ginebra; ONUG; denegación de visado; política de lugar; multilateralismo

  1. Introducción

A primera vista, el debate sobre el traslado de la sede de la ONU suele parecer una cuestión de logística e infraestructura inmobiliaria. No obstante, la ubicación de la ’sede‘ de una organización mundial es también una cuestión de poder: quién puede entrar, quién puede intervenir y cómo interactúan las decisiones jurídicas y políticas del país anfitrión con la pretensión de universalidad de la Organización. En el contexto de la ONU, la capacidad del país anfitrión para regular el acceso mediante visados y normas de tránsito suele poner de relieve la geografía del multilateralismo[1].

Este artículo formula tres preguntas. En primer lugar, ¿es legal y políticamente viable trasladar la sede de la ONU fuera de Nueva York a corto o medio plazo? En segundo lugar, ¿cuáles son los argumentos más sólidos a favor y en contra del traslado? En tercer lugar, si un traslado completo resulta improbable, ¿se puede consolidar a Ginebra como un segundo centro de facto—una ‚póliza de seguro‘ institucional que reduzca la vulnerabilidad de la Organización ante la influencia del país anfitrión, al tiempo que preserve las ventajas del ecosistema diplomático de Nueva York?

El análisis dedica especial atención a la política en torno a los conflictos relacionados con los visados y el acceso, utilizando como caso práctico actual el episodio de 2025 en el que Mahmud Abás no pudo obtener un visado de EE. UU. y la Asamblea General autorizó una intervención por videoconferencia[2].

  1. Antecedentes Legales e Institucionales: Por Qué la Sede Se Puede Cambiar— Y Por Qué Rara Vez Se Hace

La Carta de la ONU no ‘encierra’ de forma permanente a la Organización en Nueva York. El fundamento jurídico de la Sede se basa en gran medida en el Acuerdo sobre la Sede de la ONU–EE. UU. de 1947 y en la práctica relacionada. En principio, por lo tanto, un cambio de sede no es inconcebible. En la práctica, sin embargo, la sede de Nueva York está profundamente arraigada gracias a décadas de infraestructura institucional, acuerdos jurídicos y rutinas diplomáticas que resultarían costosas de reproducir en otro lugar[3].

El Acuerdo de la Sede estipula una expectativa básica de no interferencia en el tránsito hacia y desde el Distrito de la Sede para los representantes de los Estados Miembros y otras personas autorizadas. Al mismo tiempo, las disputas recurrentes y las controversias periódicas resaltan la tensión existente entre la lógica del Acuerdo y la discrecionalidad política del país anfitrión[4], especialmente cuando la geopolítica se encuentra polarizada[5].

La Comisión de Relaciones con el País Anfitrión de la Asamblea General ofrece un foro permanente para el seguimiento y la negociación de estas cuestiones, incluyendo los problemas relacionados con los visados y el acceso, lo que convierte las relaciones con el país anfitrión en una prioridad institucional permanente, en lugar de una anomalía puntual[6].

  1. Argumentos a Favor de la Reubicación

3.1. La legitimidad institucional y la percepción de independencia

La dependencia simbólica y práctica de la ONU en el territorio de una gran potencia provoca críticas recurrentes sobre la independencia institucional. Incluso cuando la Organización opera de forma autónoma, la percepción es importante. La reubicación —o incluso un reequilibrio parcial— puede considerarse una medida que refuerza la legitimidad, subraya la universalidad y reduce la impresión de que el país anfitrión ejerce una influencia política.

3.2. Acceso, inclusividad y resiliencia frente al poder de visado/tránsito

Las denegaciones de visados y las restricciones plantean un desafío directo a la idea de que los foros de la ONU son universalmente accesibles para los Estados Miembros. Cuando las decisiones de un país anfitrión impiden la participación, la Organización se ve obligada a recurrir a soluciones provisionales—declaraciones por videoconferencia, sustituciones de delegaciones o compromisos de procedimiento— que pueden mitigar las perturbaciones inmediatas, pero suscitan inquietudes a largo plazo sobre la igualdad de participación. El episodio de Abbas de 2025 se cita con frecuencia como ejemplo[7].

3.3. Planificación de la continuidad y reducción de la dependencia de un único punto

Las instituciones globales se ven afectadas por crisis sistémicas—pandemias, incidentes de seguridad a gran escala y fallos en las infraestructuras. Una estructura de gobernanza muy concentrada en una sola ciudad aumenta el riesgo operativo. El debate sobre la reubicación suele ser un reflejo de una agenda más amplia en materia de resiliencia: crear redundancia y garantizar la continuidad en múltiples centros.

  1. Argumentos en Contra de la Reubicación

4.1. El umbral político: alcanzar el consenso en un mundo plural

La reubicación no es un ajuste técnico, sino una decisión geopolítica. Los Estados Miembros pueden aceptar las críticas sobre la influencia del país anfitrión, al tiempo que muestran un fuerte desacuerdo sobre la sede alternativa. La pregunta ‘¿dónde?‘ puede convertirse en sí misma en un nuevo motivo de controversia, especialmente cuando los principales contribuyentes y los miembros permanentes del Consejo de Seguridad ejercen una influencia decisiva sobre la viabilidad del proyecto.

4.2. Costes de cambio de carácter jurídico, administrativo y financiero

La sede en Nueva York está respaldada por un régimen jurídico consolidado—privilegios e inmunidades, medidas de seguridad, infraestructura de comunicaciones y una densa red de misiones permanentes y servicios de apoyo. Reproducir esto en otro país requeriría un nuevo ‚acuerdo de sede‘ exhaustivo y un largo período de transición con importantes costes de funcionamiento paralelo[8].

4.3. La pérdida del ecosistema diplomático de Nueva York

Nueva York no es solo un lugar de reunión; es un ecosistema diplomático. Las interacciones informales, la apretada agenda y las redes que rodean a la ciudad (medios de comunicación, sociedad civil, misiones permanentes) contribuyen al funcionamiento cotidiano de la ONU. Un traslado completo corre el riesgo de erosionar ese ecosistema ‚denso‘, al menos durante un prolongado período de transición.

  1. Consolidar Ginebra Como un Segundo Centro de Facto

En caso de que un cambio oficial de sede resulte improbable a corto o medio plazo, una vía más realista consiste en reforzar el papel de Ginebra dentro de una ONU deliberadamente descentralizada. La Oficina de la ONU en Ginebra (ONUG) no es un mero puesto avanzado regional, sino un importante centro operativo y de conferencias que cuenta con una amplia infraestructura y un ecosistema diplomático de larga tradición.

La amplitud y capacidad de la ONUG son sustanciales. La ONU en Ginebra informa que acoge alrededor de 8000 reuniones al año, con 34 salas de conferencias y más de 9200 asientos repartidos por sus instalaciones principales. Estas cifras son importantes porque demuestran que Ginebra puede absorber funciones adicionales de alto nivel y de carácter técnico sin la inversión en ‚terrenos vírgenes‘ que requeriría una sede completamente nueva.[9]

Es posible una división funcional del trabajo: Nueva York se mantiene como el escenario principal para los eventos políticos de la Asamblea General y la semana de alto nivel, mientras que Ginebra asume una parte cada vez mayor de las tareas relacionadas con los derechos humanos, la ayuda humanitaria y la gobernanza técnica—además de algunas funciones de la Secretaría que se benefician de la proximidad al ecosistema de la ‚Ginebra internacional‘. Esto no es un compromiso simbólico, sino una estrategia operativa para crear redundancia.

  1. Las Disputas sobre Visados y Acceso como Prueba de Estrés: El Caso de Palestina de 2025

Las obligaciones del país anfitrión cobran mayor relevancia cuando son objeto de controversia. En 2025, según algunas informaciones, el presidente palestino Mahmoud Abbas no pudo obtener un visado estadounidense para viajar a Nueva York para asistir a la sesión de alto nivel de la Asamblea General, por lo que la Asamblea General autorizó una intervención por videoconferencia[10].  La situación suscitó un debate sobre si tales restricciones se ajustan al espíritu y a los requisitos del Acuerdo sobre la Sede, y reavivó los llamamientos—al menos en los comentarios públicos—para que ciertas reuniones de la ONU se realicen en Ginebra[11].

Este episodio tiene una triple relevancia institucional. En primer lugar, ilustra cómo las decisiones del país anfitrión pueden afectar a la participación en el foro más visible de la ONU. En segundo lugar, demuestra los límites de las ’soluciones provisionales‘: la participación por videoconferencia puede resolver un problema de procedimiento inmediato, pero si se normaliza, corre el riesgo de convertir el acceso físico desigual en una característica aceptada del multilateralismo. En tercer lugar, el caso refuerza el argumento a favor de crear con antelación sedes alternativas fiables, en lugar de improvisar en cada crisis. En este sentido, la capacidad de Ginebra no es meramente conveniente—sino que puede servir como garantía estructural.

Históricamente, la ONU se ha enfrentado a controversias similares. La polémica de 1988 en torno a la denegación del visado a Yasser Arafat fue ampliamente debatida en los círculos académicos jurídicos y contribuyó a que se prestara una renovada atención a la posibilidad de celebrar determinadas reuniones de la Asamblea General fuera de Nueva York. El patrón es constante: las controversias sobre el acceso reabren repetidamente la cuestión de si una sede en una sola ciudad es compatible con la participación universal[12].

  1. Conclusión

Un traslado total de la sede de la ONU fuera de Nueva York es legalmente posible, sin embargo, a corto y medio plazo, resulta poco probable desde el punto de vista político y financiero. Los argumentos más sólidos a favor del traslado —la independencia, la universalidad y la resiliencia frente a la influencia del país anfitrión— deben ponderarse frente a los regímenes jurídicos arraigados, las pérdidas del ecosistema y el elevado umbral de consenso.

Una estrategia institucional más factible sería consolidar a Ginebra como un segundo centro de operaciones de facto. La capacidad actual de la ONUG y el ecosistema más amplio de la Ginebra Internacional la posicionan de manera única para asumir una mayor parte de la labor de la ONU. Si se analiza desde la perspectiva de los conflictos relacionados con los visados y el acceso —como el episodio de Abbas en 2025—, no se trata simplemente de una cuestión de eficiencia, sino de legitimidad y continuidad: una ONU con múltiples sedes reduce el riesgo de que la política del país anfitrión determine quién puede participar en la gobernanza mundial.

En cuanto a las políticas, se deben seguir tres pasos: (1) asignar a Ginebra una proporción previsible de las reuniones temáticas de alto nivel; (2) desarrollar un protocolo permanente para las disputas sobre visa/acceso, que incluya alternativas de sede y formato; y (3) integrar el refuerzo de Ginebra en un enfoque más amplio de múltiples centros que también fortalezca otros lugares de destino, para evitar la percepción de que se trata simplemente de ‚moverse dentro de Occidente‘.

* PhD, Penal Law; Member of Board, Amnesty International Turkish Section

[1] Agreement regarding the Headquarters of the United Nations (UN–US Headquarters Agreement), 26 June 1947 (entered into force 21 Nov 1947), UNTS Vol. 11, No. 147; see especially provisions on access/transit to the Headquarters District. https://treaties.un.org/doc/Publication/UNTS/Volume%2011/volume-11-I-147-English.pdf

[2] Associated Press, ‘UN votes to let Palestinian leader address General Assembly by video after US visa denial’ (19 Sept 2025). https://apnews.com/article/aa45c5e27dad591b33d04cf24377ebd9

[3] UN–US Headquarters Agreement (1947), cited in footnote 1.

[4] See, e.g., S. Reza, ‘Dispute Over the United States’ Denial of a Visa to Yasir Arafat’ (1989), Boston University Law Faculty Scholarship. https://scholarship.law.bu.edu/faculty_scholarship/3577

[5] UN–US Headquarters Agreement (1947), Article IV (e.g., Section 11) on transit to and from the Headquarters District.

[6] UN General Assembly, Report of the Committee on Relations with the Host Country (example: A/74/26) and successor reports, documenting recurring issues including visas and access. https://docs.un.org/en/A/74/26

[7] Associated Press, ‘UN votes to let Palestinian leader address General Assembly by video after US visa denial’ (19 Sept 2025). https://apnews.com/article/aa45c5e27dad591b33d04cf24377ebd9

[8] Agreement regarding the Headquarters of the United Nations (UN–US Headquarters Agreement), 26 June 1947 (entered into force 21 Nov 1947), UNTS Vol. 11, No. 147. https://treaties.un.org/doc/Publication/UNTS/Volume%2011/volume-11-I-147-English.pdf

[9] UN Office at Geneva (UNOG), ‘Conference rooms’ (meeting volume and room/seat capacity). https://www.ungeneva.org/en/meetings-events/rooms

[10] Associated Press, ‘UN votes to let Palestinian leader address General Assembly by video after US visa denial’ (19 Sept 2025). https://apnews.com/article/aa45c5e27dad591b33d04cf24377ebd9

[11] The Guardian, ‘US visa refusal for Palestinian delegation prompts calls to move UN meeting to Geneva’ (8 Sept 2025). https://www.theguardian.com/world/2025/sep/08/us-visa-refusal-for-palestinian-delegation-prompts-calls-to-move-un-meeting-to-geneva

[12] Y.Z. Blum, ‘U.N. General Assembly Meetings Held Outside New York’ (1989), Michigan Journal of International Law. https://repository.law.umich.edu/mjil/vol10/iss3/1/