Jonas NANDO,
Secretario General de SYNAFETP-CI, Abiyán
Fuente: Creado con IA
Desde hace casi ochenta años, el debate sobre la reforma del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas se ha centrado en las mismas cuestiones: ¿deberían admitirse nuevos miembros permanentes? ¿Debería concederse por fin a África un puesto permanente? ¿Debería limitarse, reformarse o suprimirse el derecho de veto?
Son cuestiones legítimas. Aun así, estas cuestiones opacan un tema más fundamental: ¿a quién representa realmente el Consejo de Seguridad?
La respuesta parece obvia: los Estados-nación. Sin embargo, hoy en día conviene cuestionar esta suposición.
En 1945, cuando se adoptó la Carta de las Naciones Unidas, el mundo se estructuraba alrededor de Estados soberanos. Las guerras se libraban principalmente entre ejércitos nacionales, las economías tenían un alcance en gran medida nacional y se consideraba que los gobiernos eran los representantes naturales de sus pueblos. Por lo tanto, el Consejo de Seguridad se concepcionó como un foro en el que las grandes potencias preservarían la paz mundial en nombre de los Estados.
El siglo XXI presenta un panorama profundamente diferente.
Los conflictos actuales no se limitan a destruir infraestructuras militares. Perturban las cadenas de suministro globales, desencadenan crisis alimentarias, desestabilizan los mercados energéticos, aceleran la migración y socavan los sistemas de empleo en varios continentes. Una decisión tomada en Nueva York puede tener consecuencias inmediatas para un agricultor de Abiyán, un trabajador de fábrica de Shenzhen, un marinero de Róterdam o una enfermera de Buenos Aires.
Ante este panorama, surge una nueva pregunta: ¿siguen siendo los Estados los únicos actores legítimos capaces de representar todos los intereses afectados por las decisiones del Consejo de Seguridad?
Esta cuestión no plantea en modo alguno la soberanía de los Estados. Nos invita sencillamente a reconocer una realidad: la gobernanza mundial se ha ido abriendo progresivamente a actores que no se habían previsto en 1945.
Desde hace más de un siglo, la Organización Internacional del Trabajo reúne a gobiernos, empresarios y trabajadores para elaborar normas internacionales. El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas consulta a cientos de organizaciones de la sociedad civil. La Unión Europea ha institucionalizado el diálogo con los interlocutores sociales. Las negociaciones sobre el clima cuentan ahora con la participación de científicos, autoridades locales y regionales, empresas y pueblos indígenas en los debates internacionales.
¿Por qué esta tendencia debería quedarse a las puertas del Consejo de Seguridad?
La cuestión es aún más pertinente si se tiene en cuenta que las decisiones de este órgano tienen repercusiones que van mucho más allá de la esfera militar. Las sanciones económicas, los embargos, las operaciones de mantenimiento de la paz y los programas de reconstrucción influyen directamente en el empleo, las condiciones de trabajo, la protección social y las perspectivas económicas de millones de personas.
Dentro de las partes interesadas, destaca el movimiento sindical mundial. El movimiento sindical ya cuenta con una organización internacional reconocida, experiencia institucional adquirida en el seno de la Organización Internacional del Trabajo y una legitimidad basada en su representación de cientos de millones de trabajadores. Estas características lo convierten en un socio creíble a la hora de evaluar las consecuencias sociales de las decisiones internacionales.
Pero, ¿significa esto que se le debería conceder un puesto permanente en el Consejo de Seguridad o el derecho de veto? Esta cuestión merece ser debatida, pero quizá no sea la más importante.
El verdadero problema radica en otro lugar.
La cuestión es si las instituciones internacionales deben seguir representando exclusivamente a territorios y Estados soberanos, o si también deben incorporar, de manera adecuada, a los principales actores en materia de seguridad mundial.
Este razonamiento nos lleva a ir más allá de una visión estrictamente geopolítica de la reforma de las Naciones Unidas. Nos invita a considerar una forma de representación más funcional, en la que determinados actores transnacionales puedan contribuir a las deliberaciones no porque controlen un territorio o posean poder militar, sino porque se ven directamente afectados por las consecuencias de las decisiones adoptadas y cuentan con conocimientos especializados útiles para alcanzar los objetivos de la Carta.
Dicha evolución no supondría el fin del papel de los Estados, ni cuestionaría el derecho internacional. Simplemente reflejaría la adaptación gradual de una institución fundada en 1945 a las realidades del siglo XXI.
En definitiva, el debate sobre el Consejo de Seguridad quizá ya no debería limitarse a una redistribución de escaños o a una reforma del veto. Debería centrarse también en cómo las instituciones internacionales pueden escuchar mejor a quienes sufren a diario los efectos de los conflictos, las sanciones y las crisis geopolíticas.
La paz no es simplemente la ausencia de guerra entre Estados. También es la protección de las sociedades, los trabajadores, las familias y las economías que soportan el coste humano de las decisiones internacionales.
Esta es la razón por la que la representación del movimiento obrero mundial no debe considerarse una exigencia corporativista. Es el punto de partida para un análisis más amplio de la legitimidad de las instituciones internacionales, en un momento en el que la seguridad mundial va mucho más allá del marco de las relaciones entre Estados.
Ahora que la comunidad internacional reflexiona sobre el futuro de las Naciones Unidas, hay una cuestión que merece una consideración seria: ¿debería la reforma del Consejo de Seguridad limitarse a determinar qué Estados tendrán más peso, o debería tener en cuenta también a aquellos que, aunque no sean Estados, soportan una carga significativa de las consecuencias de las decisiones tomadas en su nombre?









